miércoles, 15 de enero de 2014

Contra las hipotecas abusivas, una solución asequible

Legalcores tramita con eficacia las denuncias judiciales de los afectados por la 'cláusula suelo' de los préstamos hipotecarios. Este requisito, que muchas personas aceptan en los contratos con bancos y cajas por desinformación, les impide beneficiarse de las bajadas de los tipos de interés y asumir, por contra, todos los incrementos que se produzcan sobre el pago mensual de su hipoteca. Las entidades bancarias suelen negarse a modificar los contratos y obligan a sus clientes a recurrir a la vía judicial para renegociar o eliminar estas cláusulas abusivas. Nuestro bufete se encarga de todo el proceso por un honorario único de 730 euros, tasas judiciales incluidas.

La cláusula suelo establecida en los préstamos hipotecarios impide que muchos clientes de bancos y cajas se puedan beneficiar de las bajadas del EURIBOR o de las bajadas de cualquier otro índice de referencia establecido (Ej.: IRPH), lo que provoca que la hipoteca no sea de interés variable, como se ofertaba y como consta en la escritura de préstamo hipotecario, sino que se convierte en un préstamo a interés fijo obligatorio, y únicamente variable a partir del interés establecido como mínimo (suelo) de la hipoteca, y consecuentemente dicha cláusula se ha convertido en una gran preocupación para muchas personas y familias, pues conlleva a que no pueden hacer frente a sus cuotas hipotecarias.

La cláusula suelo es una estipulación que fija un porcentaje mínimo por debajo del cual no puede bajar el tipo del interés acordado, (tipo de referencia + diferencial), es decir, se establece un mínimo a pagar en las cuotas de la hipoteca. A esta cláusula se reconoce en el préstamo hipotecario bajo diferentes títulos como “interés mínimo”, “limite de variabilidad del tipo de interés”, “limite de la variabilidad”, “limites a la aplicación del interés variable”.

La Sentencia del Tribunal Supremo el 9 de mayo de 2.013, ha declarado la nulidad de las cláusulas suelo por ser consideradas abusivas, siempre y cuando los Bancos y las Cajas no hayan proporcionado a los clientes completa información sobre su contenido y alcance económico, tanto en la fase previa a la suscripción del contrato de hipoteca, como en el momento de la firma del préstamo hipotecario ante el Notario.

La falta de transparencia y claridad de las cláusulas suelo, en la obligada información que debían haber realizado las entidades financieras, según la referida Sentencia se fundamenta en los siguientes motivos:
  1. La creación de la apariencia de un contrato de préstamo a interés variable en el que las oscilaciones a la baja del índice de referencia, repercutirán en una disminución del precio del dinero.
  2. La falta de información suficiente de que se trata de un elemento definitorio del objeto principal del contrato.
  3. La creación de la apariencia de que el suelo tiene como contraprestación inescindible la fijación de un techo.
  4. Su ubicación entre una abrumadora cantidad de datos entre los que quedan enmascaradas y que diluyen la atención del consumidor.
  5. La ausencia de simulaciones de escenarios diversos, relacionados con el comportamiento razonablemente previsible del tipo de interés en el momento de contratar, en fase precontractual.
  6. Inexistencia de advertencia previa clara y comprensible sobre el coste comparativo con otros productos de la propia entidad.

En virtud del criterio determinado por esta Sentencia, todas aquellas personas que entiendan que no recibieron una completa y clara información sobre la cláusula suelo a la hora de negociar y firmar su préstamo hipotecario, tienen la posibilidad de iniciar un procedimiento judicial reclamando la nulidad de la cláusula suelo de su hipoteca.

A la mencionada Sentencia del Tribunal Supremo le han sucedido numerosas sentencias de los diferentes Juzgados de lo Mercantil y de las Audiencias Provinciales del país estimando las demandas presentadas por los consumidores frente a las entidades financieras, en aplicación de la doctrina de la Sentencia del Tribunal Supremo y declarando la nulidad de la cláusula suelo de los préstamos hipotecarios.

A pesar de la Sentencia del Tribunal Supremo, y de las sentencias de tribunales inferiores que le han ido sucediendo, las entidades financieras, adoptan una estrategia de resistencia a la eliminación de la cláusula suelo, pues no contemplan una solución amistosa, mediante un acuerdo extrajudicial, a fin de eliminarla, argumentando que las cláusulas suelos no son ilegales, y que constan en la escritura del préstamo hipotecario, obligando al cliente a acudir a un abogado especializado, para conseguir mediante el correspondiente procedimiento judicial la supresión de la cláusula suelo.

Todas las escrituras de préstamos hipotecarios analizadas y estudiadas, independientemente de la entidad financiera prestamista, nos ha llevado a certificar, que las cláusulas suelo contenidas en dichos préstamos, en un gran porcentaje son cláusulas nulas. Aplicando el criterio establecido por el Tribunal Supremo, muy pocos contratos de préstamo hipotecario han sido negociados con la suficiente transparencia y claridad, resultando entendible para el cliente, todo ello nos lleva a la conclusión de que una gran mayoría de los préstamos hipotecarios suscritos contienen una cláusula suelo nula.

La declaración de nulidad de la cláusula suelo supone, que además de dejar de aplicarse dicha cláusula en el futuro, consiguiendo un ahorro, que dependerá del limite mínimo que establezca cada préstamo hipotecario, pero que puede variar, en la mayoría de los casos, entre 200,00 euros y 400,00 euros mensuales.

Como hemos comentado anteriormente, la única solución posible es la vía judicial, pero uno de los principales problemas es que muchos perjudicados, que casi no pueden hacer frente a las cuotas de hipoteca, no pueden hacer frente a los gastos derivados de un procedimiento judicial (tasas judiciales, honorarios de profesionales, ect.), todo ello derivado de la situación económica que estamos viviendo, a pesar de tener el éxito del procedimiento casi asegurado, al contar con muchas sentencias a favor del consumidor que consideran a la cláusula suelo abusiva y por lo tanto nula.

Es por lo que, si su banco o caja le esta obligando a acudir a un procedimiento judicial, LEGALCORES ABOGADOS, ofrece los servicios a los afectados a un precio muy asequible y económico, dando la oportunidad de acudir a la vía judicial para reclamar la nulidad de la cláusula suelo. Los honorarios ascenderían a 730,00 euros, en los cuales quedan incluidos los honorarios de Legalcores Abogados, las tasas judiciales y los honorarios del procurador.

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