Legalcores tramita con eficacia las denuncias judiciales de los afectados por la 'cláusula suelo' de los préstamos hipotecarios. Este requisito, que muchas personas aceptan en los contratos con bancos y cajas por desinformación, les impide beneficiarse de las bajadas de los tipos de interés y asumir, por contra, todos los incrementos que se produzcan sobre el pago mensual de su hipoteca. Las entidades bancarias suelen negarse a modificar los contratos y obligan a sus clientes a recurrir a la vía judicial para renegociar o eliminar estas cláusulas abusivas. Nuestro bufete se encarga de todo el proceso por un honorario único de 730 euros, tasas judiciales incluidas.
La
cláusula
suelo establecida
en los préstamos hipotecarios impide que muchos clientes de bancos y
cajas se puedan beneficiar de las bajadas del EURIBOR o de las
bajadas de cualquier otro índice de referencia establecido (Ej.:
IRPH), lo que provoca que la hipoteca no sea de interés variable,
como se ofertaba y como consta en la escritura de préstamo
hipotecario, sino que se convierte en un préstamo a interés fijo
obligatorio, y únicamente variable a partir del interés establecido
como mínimo (suelo) de la hipoteca, y consecuentemente dicha
cláusula se ha convertido en una gran preocupación para muchas
personas y familias, pues conlleva a que no pueden hacer frente a sus
cuotas hipotecarias.
La
cláusula
suelo
es una estipulación que fija
un porcentaje mínimo por debajo del cual no puede bajar el tipo del
interés acordado,
(tipo de referencia + diferencial), es decir, se establece un mínimo
a pagar en las cuotas de la hipoteca. A esta cláusula se reconoce en
el préstamo hipotecario bajo diferentes títulos como “interés
mínimo”, “limite de variabilidad del tipo de interés”,
“limite de la variabilidad”, “limites a la aplicación del
interés variable”.
La
Sentencia
del Tribunal Supremo
el 9 de mayo de 2.013, ha declarado la nulidad de las cláusulas
suelo por ser consideradas abusivas, siempre y cuando los Bancos y
las Cajas no hayan proporcionado a los clientes completa información
sobre su contenido y alcance económico, tanto en la fase previa a la
suscripción del contrato de hipoteca, como en el momento de la firma
del préstamo hipotecario ante el Notario.
La
falta de transparencia y claridad de las cláusulas suelo,
en la obligada
información que debían haber realizado las entidades financieras,
según la referida Sentencia se fundamenta en los siguientes motivos:
- La creación de la apariencia de un contrato de préstamo a interés variable en el que las oscilaciones a la baja del índice de referencia, repercutirán en una disminución del precio del dinero.
- La falta de información suficiente de que se trata de un elemento definitorio del objeto principal del contrato.
- La creación de la apariencia de que el suelo tiene como contraprestación inescindible la fijación de un techo.
- Su ubicación entre una abrumadora cantidad de datos entre los que quedan enmascaradas y que diluyen la atención del consumidor.
- La ausencia de simulaciones de escenarios diversos, relacionados con el comportamiento razonablemente previsible del tipo de interés en el momento de contratar, en fase precontractual.
- Inexistencia de advertencia previa clara y comprensible sobre el coste comparativo con otros productos de la propia entidad.
En
virtud del criterio determinado por esta Sentencia, todas aquellas
personas que entiendan que no recibieron una completa y clara
información sobre la cláusula suelo
a la hora de negociar y firmar su préstamo hipotecario, tienen
la posibilidad de iniciar un procedimiento judicial reclamando la
nulidad de la cláusula
suelo de su hipoteca.
A
la mencionada Sentencia del Tribunal Supremo le han sucedido
numerosas sentencias de los diferentes Juzgados de lo Mercantil y de
las Audiencias Provinciales del país estimando las demandas
presentadas por los consumidores frente a las entidades financieras,
en aplicación de la doctrina de la Sentencia del Tribunal Supremo y
declarando la nulidad de la cláusula suelo de los préstamos
hipotecarios.
A
pesar de la Sentencia del Tribunal Supremo, y de las sentencias de
tribunales inferiores que le han ido sucediendo, las entidades
financieras, adoptan una estrategia de resistencia a la eliminación
de la cláusula suelo, pues no contemplan una solución amistosa,
mediante un acuerdo extrajudicial, a fin de eliminarla, argumentando
que las cláusulas suelos no son ilegales, y que constan en la
escritura del préstamo hipotecario, obligando al cliente a acudir a
un abogado especializado, para conseguir mediante el correspondiente
procedimiento judicial la supresión de la cláusula suelo.
Todas
las escrituras de préstamos hipotecarios analizadas y estudiadas,
independientemente de la entidad financiera prestamista, nos ha
llevado a certificar, que las cláusulas suelo contenidas en dichos
préstamos, en un gran porcentaje son cláusulas
nulas.
Aplicando el criterio establecido por el Tribunal Supremo, muy pocos
contratos de préstamo hipotecario han sido negociados con la
suficiente transparencia y claridad, resultando entendible para el
cliente, todo ello nos lleva a la conclusión de que una gran mayoría
de los préstamos hipotecarios suscritos contienen una cláusula
suelo nula.
La
declaración de nulidad de la cláusula suelo supone, que además de
dejar de aplicarse dicha cláusula en el futuro, consiguiendo un
ahorro, que dependerá del limite mínimo que establezca cada
préstamo hipotecario, pero que puede variar, en la mayoría de los
casos, entre 200,00 euros y 400,00 euros mensuales.
Como
hemos comentado anteriormente, la única solución posible es la vía
judicial, pero uno de los principales problemas es que muchos
perjudicados, que casi no pueden hacer frente a las cuotas de
hipoteca, no pueden hacer frente a los gastos derivados de un
procedimiento judicial (tasas judiciales, honorarios de
profesionales, ect.), todo ello derivado de la situación económica
que estamos viviendo, a pesar de tener el éxito del procedimiento
casi asegurado, al contar con muchas sentencias a favor del
consumidor que consideran a la cláusula suelo abusiva y por lo tanto
nula.
Es
por lo que, si su banco o caja le esta obligando a acudir a un
procedimiento judicial, LEGALCORES ABOGADOS, ofrece los servicios a
los afectados a un precio muy asequible y económico, dando la
oportunidad de acudir a la vía judicial para reclamar la nulidad de
la cláusula suelo. Los honorarios ascenderían a 730,00 euros, en
los cuales quedan incluidos los honorarios de Legalcores Abogados,
las tasas judiciales y los honorarios del procurador.
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